– (imagen: Vista aérea de las obras de la M-501 en 2008 – Urbanismo Patas Arriba/El País).
– La Sala Quinta del Tribunal de Justicia Europeo acaba de hacer pública la SENTENCIA por la cual DECLARA que el REINO DE ESPAÑA HA INCUMPLIDO LA NORMATIVA EUROPEA en lo referente a la DIRECTIVA 85/337/CEE, sobre evaluación de impacto ambiental y a la DIRECTIVA 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Esta sentencia es consecuencia del recurso interpuesto por la Comisión Europea en diciembre de 2008, provocado, a su vez, por las quejas interpuestas por Ecologistas en Acción y SEO/BirLife.
Hay que recordar que esta sentencia llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en febrero de 2008, declarase nulos los acuerdos por los cuales se aprobó el desdoblamiento y se declaró de interés público de primer orden e, instase a la restauración de los terrenos afectados [[Sentencia del Tribunal Superior de Justicia sobre la carretera M-501
Febrero de 2008
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia por la cual declara nulas las resoluciones del Consejo de Gobierno y de la Consejería de Transportes por las que se aprobó el desdoblamiento de la carretera M-501. Esta nulidad se basa en la inexistencia de informes por parte de la Consejería de Medio Ambiente, por la inexistencia de consultas previas a la Comisión Europea y por no concurrir razones de interés público.
– La SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, entregada a las partes el viernes 15 de febrero, consta de 18 páginas y ha sido emitida por la Sección Novena. Esta sentencia responde a un recurso contencioso administrativo que interpuso Ecologistas en Acción, en diciembre de 2005, contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2005, por el que se aprobó la conversión en autovía de la carretera M-501 desde el kilómetro 22 al 39.
Este acuerdo se tomó sobre un proyecto que había sido desestimado en 2000 por Alberto Ruiz Gallardón, tras la emisión de una declaración de impacto negativa por parte de la Consejería de Medio Ambiente y de un informe, también contrario, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
La Comunidad de Madrid, para justificar la ejecución del desdoblamiento, declaró el proyecto de interés público por la elevada siniestralidad de la carretera, a pesar que los datos de la propia Consejería de Transportes clasifican la carretera de la M-501 como de baja peligrosidad.
La sentencia hecha pública anula los acuerdo tomados por el Consejo de Gobierno y la Consejería de Transportes por diversos motivos. Entre ellos, cabe destacar la ausencia de informes y de pronunciamiento expreso de la Consejería de Medio Ambiente. La Sentencia indica que el Plan de Integración Ambiental, en el que la Comunidad de Madrid basa la corrección y compensación de los impactos ambientales del desdoblamiento, contradice las conclusiones de la Declaración de Impacto Ambiental y del informe del CSIC. Igualmente indica que este documento no puede suplantar a los órganos administrativos competentes en materia ambiental.
También declara la nulidad por no haber consultado, previamente a la aprobación del proyecto, a la Comisión Europea.
Por último, la sentencia considera que no se dan los motivos de interés público por los que sería justificable la ejecución del proyecto. De esta forma se afirma que la seguridad vial no es equiparable a los intereses públicos que justificarían que, a pesar de existir una declaración de impacto ambiental negativa, se aprobara el desdoblamiento.
Ecologistas en Acción valora muy positivamente la sentencia pero lamenta que llegue tarde, una vez que las obras están muy avanzadas y que el daño ambiental es irreversible. Esta organización recuerda que el mismo tribunal desestimó hasta en cuatro ocasiones la solicitud de paralización cautelar de las obras. Igualmente esta organización considera que deben exigirse responsabilidades, tanto a los responsables de las Consejería de Transportes y Medio Ambiente actuales como a los que aprobaron, en su momento, el proyecto.
Fuente: Ecologistas en Acción.]]. Posteriormente, en febrero de 2011, esta sentencia fue ratificada por el Tribunal Supremo [[El Tribunal Supremo ratifica la nulidad del desdoblamiento de la M-501
18 de febrero de 2011
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Madrid contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declaraba nulo de pleno derecho el acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprobó el desdoblamiento de la carretera M-501. Ecologistas en Acción pedirá la ejecución de sentencia y estudia la apertura de la vía penal contra los consejeros de transporte que autorizaron el desdoblamiento y contra Esperanza Aguirre. La Sentencia es firme y no recurrible.
– La SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, entregada a las partes el viernes 18 de febrero, consta de 16 páginas y ha sido emitida por la Sección Tercera. Esta sentencia responde a un recurso de casación que interpuso la Comunidad de Madrid, en 2008, contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que se declaraba nulo de pleno derecho el acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2005, por el que se aprobó el desdoblamiento de la carretera M-501, desde el kilómetro 22 al 39, entre Quijorna y Navas del Rey. Al oeste de la Comunidad de Madrid.
Este acuerdo se tomó sobre un proyecto que había sido desestimado en 2000 por Alberto Ruiz Gallardón, tras la emisión de una declaración de impacto negativa por parte de la Consejería de Medio Ambiente y de un informe, también contrario, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
La Comunidad de Madrid, para justificar la ejecución del desdoblamiento, declaró el proyecto de interés público por la elevada siniestralidad de la carretera, a pesar que los datos de la propia Consejería de Transportes clasificaban la carretera de la M-501 como de baja peligrosidad.
La sentencia hecha pública anula los acuerdo tomados por el Consejo de gobierno y la Consejería de Transportes por diversos motivos. Entre ellos, cabe destacar la ausencia de consultas previas a la Comisión Europea, por afectar a un espacio incluido en la Red Natura 2000, concretamente la Zona de Especial protección para las Aves, denominada Encinares de los ríos Cofio y Alberche y el Lugar de Interés Comunitario de las Cuencas de los ríos Alberche y Cofio.
Igualmente, la sentencia considera que no se dan los motivos de interés público por los que sería justificable la ejecución del proyecto. De esta forma se afirma que la seguridad vial no es equiparable a los intereses públicos de salud humana o de seguridad pública, esgrimidos por la Comunidad de Madrid que justificarían que, a pesar de existir una declaración de impacto ambiental negativa, se aprobara el desdoblamiento.
Ecologistas en Acción valora muy positivamente la sentencia y recalca que se trata de un pronunciamiento judicial firme y no recurrible. En los próximos días, la organización solicitará la ejecución de sentencia y la restitución de la zona a su estado anterior al inicio de las obras. Igualmente iniciará el estudio de apertura de procedimiento penal contra Esperanza Aguirre y los consejeros de Transporte que autorizaron las obras, Francisco Granados, Mª Dolores de Cospedal y Elvira Rodríguez. En todo momento supieron que lo que estaban haciendo era contrario a la legalidad, incluso se manipularon las cifras de siniestralidad de la carretera y paralizaron el proyecto de mejora de la carretera (sin necesidad de desdoblar), que en 2004 ya estaba en fase de expropiaciones.
Fuente: Ecologistas en Acción.]].
A pesar de ello, la Comunidad de Madrid viene negándose obstinadamente a cumplir estas sentencias alegando, por una parte que las sentencias ya estaban cumplidas gracias a los acuerdos alcanzados con la Comisión Europea, en 2008, relativos a una supuesta evaluación ambiental a posteriori. Por otra parte sigue amparándose en el interés público del desdoblamiento basándose en la siniestralidad de la carretera.
Sin embargo, el Tribunal Europeo va desmontando todos y cada uno de los argumentos esgrimidos por la Comunidad de Madrid. Acredita la existencia de un grave daño a habitats y especies, fragmentación del territorio, considera que la evaluación ambiental a posteriorri no minimiza las afecciones ya que debería haberse realizado con anterioridad a la ejecución de las obras. En cuanto a la declaración de interés público de primer orden, afirma que tal declaración se hizo sin realizar la correspondiente evaluación ambiental y por tanto sin valorar la existencia de alternativas para resolver los problemas de siniestralidad.
Ecologistas en Acción valora muy positivamente esta sentencia y aunque llegue tarde aparece en un momento crucial, cuando se está resolviendo la ejecución forzosa de la sentencia inicial del TSJM. Se da la circunstancia de que la principal razón argumentada por la Comunidad de Madrid para no restituir los terrenos a su estado original es, precisamente, el acuerdo alcanzado ante la Comisión Europea. Este argumento se ha derrumbado como un castillo de naipes con esta sentencia.
Ecologistas en Acción considera que ante el abuso de autoridad manifestado por el Gobierno regional, el desprecio a la legalidad y al medio ambiente, el constante engaño a la sociedad y el intento de demonizar a todas las personas y asociaciones que se han manifestado contrarias a esta obra ilegal, deberían existir responsabilidades políticas y judiciales. La Presidenta, Esperanza Aguirre, Mª Dolores de Cospedal o Manuel Lamela (Consejeros de Transporte en 2005 y 2008), han sido los responsables directos de esta obra y quienes deberían costear con su patrimonio personal el gasto de la restauración de los terrenos.
Más información en Géminis Papeles de Salud
– Necesarios 497.567€ para parar las obras ilegales de la carretera M-501.
– M-501: Sigue siendo una carretera ilegal.
Vídeo: M-50 y M-501. Dos carreteras, un sólo modelo
Julio de 2008, por Ecologistas TV
Dos ejemplos del modelo de infraestructura de transporte que impera en la Comunidad de Madrid, las carreteras M-50 y M-501, analizadas por responsables de Ecologistas en Acción.
«La M-50 es ilegal«
Subido por europapress el 13/06/2008
Las organizaciones ecologistas Ecologistas en Acción, la Coordinadora ‘Salvemos la Sierra’ y el Foro por la Movilidad Sostenible de la Comunidad de Madrid, junto a las organizaciones vecinales de San Sebastián de los Reyes y Alcobendas que forman la Plataforma ‘M-50 NO’, denunciaron hoy la ilegalidad y el despilfarro de los fondos públicos que supone el cierre de la M-50, que en su opinión, tampoco servirá para solucionar los problemas de tráfico y en cambio, sí tendrá un enorme impacto medioambiental en la zona.
Periodista Digital: Ecologistas en Acción – M501 (Madrid)
Subido por periodistadigital el 16/06/2008
Para Ecologistas en Acción la carretera M-501 es el producto de la prepotencia del poder y los intereses de la especulación.
(17 de diciembre de 2011)