Se pide al Parlamento Europeo una nueva resolución sobre productos naturales para la salud

,La creación del Instituto para la Protección de la Salud Natural (Institut pour la Protection de la Santé Naturelle) tuvo su origen en la movilización espontánea, en marzo de 2011, de un grupo de ciudadanos informados y sensibles respecto a la medicina natural. Se trataba de reaccionar ante la próxima entrada en vigor de una directiva europea cuyo efecto iba a ser restringir la libertad de comercialización de plantas medicinales. La petición lanzada por estos ciudadanos, constituidos en colectivo para la defensa de la medicina natural, se convirtió en un clamor popular. ¡Más de un millón de personas en Europa dieron su apoyo a esta iniciativa en sólo un mes!

Dado el extraordinario éxito de la petición y los numerosos apoyos recibidos, el grupo decidió continuar su acción y convertirse en una estructura permanente para informar, abogar y garantizar el acceso a la medicina natural.

Reglamento 1924/2006/CE – Estado de la cuestión

Desde hace una década, la Unión Europea ha elaborado diversas directivas y reglamentos dirigidos a “europeizar” aún más el derecho a la salud. De hecho, ya hace mucho tiempo que los Estados miembros no tienen nada que decir sobre la manera de regular la venta y distribución de los medicamentos, las plantas o incluso los alimentos.

Las mismas razones son invocadas una y otra vez por el legislador europeo: es necesario armonizar las reglas para permitir una mejor circulación de las mercancías y proteger a los consumidores.

La Comisión Europea alega este último punto como si en la mayoría de los países europeos el nivel de protección de los consumidores fuese notoriamente bajo y las autoridades nacionales fuesen incapaces de proteger a sus ciudadanos.

Primero un Código comunitario sobre los medicamentos [[- «Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de noviembre de 2001 por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano«, Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 311/67, 28.11.2001]], después una directiva sobre los medicamentos tradicionales a base de plantas [[- «Directiva 2004/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de marzo de 2004 por la que se modifica, en lo que se refiere a los medicamentos tradicionales a base de plantas, la Directiva 2001/83/CE por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano«, Diario Oficial de la Unión Europea L 136/85, 30.4.2004]] y ahora un Reglamento sobre las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que figuran en etiquetas o en publicidad [[- «Reglamento (CE) Nº 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos«, Diario Oficial de la Unión Europea L 404/9, 30.12.2006]]; todas estas normas europeas vienen a limitar un poco más la libertad de los profesionales de la salud y permiten una eliminación progresiva y metódica de los más pequeños. Esto quiere decir también menos opciones para los pacientes y a la larga una calidad de productos inferior a la de hoy.

Al final de este diluvio normativo sólo quedarán un puñado de grandes fabricantes capaces de hacer frente a la Administración y sus exigencias. Ya les conocemos, por otra parte: empresas como Nestlé, Danone, Bayer, Pfizer o Merck tienen ante sí un futuro próspero. La Administración europea se encarga de liquidar por ellos a todos sus competidores …

Y el último golpe hasta la fecha procede de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria o EFSA (European Food Security Agency) con la complicidad tácita de la Comisión Europea y el Parlamento Europeo.

En 2006, la Comisión Europea propuso un reglamento dirigido a regular las declaraciones saludables relacionadas con los alimentos. Hasta aquí, todo bien. ¿Quién podría oponerse a la idea de controlar a los productores de complementos alimenticios, de quienes, por otra parte, muchos piensan que han ido demasiado lejos en sus campañas comerciales?

Sin embargo, con el pretexto de corregir estos excesos, la Administración ha pasado de un extremo a otro, prohibiendo casi cualquier comunicación sobre propiedades saludables.

El Reglamento 1924/2006/CE … y su aplicación

El texto de 2006 plantea un principio sencillo: el conjunto de las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables asociadas a alimentos deben ser objeto de un expediente presentado a la Comisión.

Por ejemplo, para tener derecho a decir que las ciruelas pasas tienen un potencial efecto sobre la digestión, hay que elaborar un expediente, presentarlo … y que dicho expediente sea aceptado. Es ahí donde radica el problema.

Se han presentado 44.000 expedientes. La Comisión ha reducido este número a 4.637 a causa de duplicidades, ya que cada país había presentado sus propias alegaciones y algunas de ellas se solapaban.

De estos 4.637 expedientes presentados en 2008, hasta la fecha sólo 222 han sido autorizados. Durante cuatro años, los fabricantes de complementos alimenticios han seguido por lo tanto vendiendo productos con la declaración de sus propiedades, sin saber si al final se encontrarían en la ilegalidad o no.

Todos los demás expedientes fueron rechazados o están a la espera de una decisión, lo que viene a ser lo mismo. La Comisión Europea cuenta con un registro de declaraciones en materia de salud en su sitio web.

La EFSA considera que, de hecho, sólo puede utilizarse la lista de las 222 declaraciones aceptadas. Sin embargo sobre este último punto no todo el mundo parece estar de acuerdo.

Resultado

* Una inseguridad jurídica máxima para los profesionales de la salud, que deben aplicar reglas vagas cuyas interpretaciones varían de un país a otro, incluso de una región a otra.

* Las administraciones nacionales están controlando a todas las empresas del sector, pero a partir de un texto vago e impreciso. Si eligen interpretar el Reglamento de manera estricta, es decir, limitar a 222 el número de declaraciones autorizadas, la mayoría de las empresas de complementos alimenticios quedarán fuera de la ley de la noche a la mañana.

El riesgo en los meses venideros es doble:

* Por una parte, todas las pequeñas empresas del sector echarán el cierre al no poder vender sus productos. De hecho, la información es esencial para numerosos complementos alimenticios cuyas propiedades ignoran los consumidores. La lisina, por ejemplo, que contribuye al crecimiento de los huesos y a la formación del colágeno y los anticuerpos, no se podría vender sin ir acompañada de una información adecuada.

Aunque resulta lógico regular esta información, es peligroso prohibirla totalmente.

* y por otra, el resultado de este enfoque es una reducción global del nivel de información de los consumidores.

Dicho claramente: la aplicación del reglamento tendrá un resultado exactamente opuesto a los principios que pretende defender: la protección del consumidor y el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas.

Para los ciudadanos y los consumidores esta situación es inaceptable.

El golpe de Estado de la EFSA (la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria)

Aunque el Reglamento 1924/2006 preveía tres tipos de procedimiento para los expedientes, la EFSA ha decidido unilateralmente aplicar sólo uno: el más complejo, el más exigente y el más costoso, al requerir estudios “aleatorios” para probar las propiedades saludables de los productos afectados.

Así, mientras que el reglamento sólo requiere de los fabricantes de complementos alimenticios que demuestren los efectos nutricionales de los productos, la EFSA, por su parte, exige hacer la demostración de los efectos “fisiológicos” de esos mismos productos.

Si volvemos al ejemplo de las ciruelas pasas, ello quiere decir que hace falta hacer que miles de personas las tomen durante varios meses y constatar los efectos de un régimen semejante en relación con un grupo de personas que no las comiese, antes de poder afirmar que las ciruelas pasas tienen probablemente un efecto laxante.

La EFSA, por lo tanto, se ha excedido con mucho en el mandato que le había dado la Comisión.

Pero la EFSA ha ido aún más lejos en su dictadura e hipocresía. Tras exigir que los expedientes se remitan antes del 1 de enero de 2008, ha elaborado una guía especial para ayudar a los profesionales de la salud a completar los expedientes después de que se hubieran presentado.

A esto la Administración ha añadido que las denegaciones no tienen mayor consecuencia, puesto que los expedientes rechazados pueden presentarse una segunda vez. Sin embargo, la segunda tentativa está sujeta a un procedimiento más complejo y costoso que el anterior.

Cuando nuestros responsables políticos capitulan …

Hay algo aún peor: el sistema institucional europeo, aunque complejo, se supone que dispone de barreras frente a eventuales decisiones unilaterales de los tecnócratas europeos.

Sin embargo, ni el Parlamento Europeo ni el Consejo de Ministros, que han ratificado la decisión de la EFSA mediante dos resoluciones de 21 y 30 de marzo de 2012, han emitido ninguna reserva frente al autoritarismo inédito de la Administración europea.

Interrogado sobre esta cuestión, un diputado europeo se limitó a explicar que este debate duraba desde hace seis años y que los diputados no habían tenido tiempo de asomarse a un tema del que no entendían nada.

Uno se pregunta si es necesario incluso someterlo a votación.

Si nuestros propios representantes políticos encuentran los debates demasiado largos y complejos para interesarse por ellos, quizás es hora de reaccionar antes de que nuestra democracia muera del todo.

La encuesta del Defensor del Pueblo Europeo –otra institución europea– muestra que existe malestar. Pero este reconocimiento oficial de posible irregularidad no cambiará la situación. El mal está hecho. La EFSA ha operado sin trabas ni controles.

Es hora de que el conjunto de la ciudadanía se movilice frente a esta negación de la democracia. La cuestión no es solamente saber si nos arriesgamos a perder la opción de recibir tratamientos alternativos –lo que es el caso–, sino también saber si aceptamos definitivamente delegar en administraciones desconocidas cuestiones políticas que sólo deberían poder zanjar responsables elegidos!

Algunos han comenzado a hacerlo:

A principios de 2012, las asociaciones PAN Europe y Générations Futures denunciaron los conflictos de intereses de los expertos de la EFSA, señalando en un comunicado de 30 de enero de 2012 [[- «Révélations PAN Europe et Générations Futures: l’EFSA est infiltrée par les lobbies de l’industrie chimique!«, Générations Futures – Communiqué de Presse, 30 Janvier 2012]]: “el papel clave de Susan Barlow” (N. de la R.: Presidenta de uno de los grupos de trabajo de la EFSA) y añadiendo lo siguiente: “La EFSA pisotea aquí sus propias normas que establecen que el procedimiento de selección de los expertos deber ser transparente y aplicarse de modo coherente“.

En febrero de 2012, el Observatorio de la Europa Industrial publicó un informe inquietante sobre la existencia de conflictos de intereses en el seno de la EFSA [[- «Conflits indigestes! Une décennie d’influence industrielle à l’Autorité Européenne de Securité Alimentaire (EFSA)«, CEO (Corporate Europe Observatory) – Earth Open Source, Brussels, Belgium, Février 2012]], muchos de cuyos expertos trabajan a la vez para la Administración europea y para grandes grupos industriales.

El informe precisa: “El conjunto de los expertos de la EFSA que tienen capacidad decisoria en la materia no ofrece garantías de independencia. Numerosos miembros de estos grupos de expertos tienen vínculos confesados con empresas del sector de las biotecnologías, la alimentación y los pesticidas”.

Por fortuna, la movilización en el sector se organiza

– Además de una campaña lanzada en Inglaterra por la “Alliance for Natural Health” [[- «Three EU campaign update: Update 1: EU health claims. Update 2: EU herbals. Update 3: Maximum Permitted Levels (MPLs) of vitamins and minerals«, Alliance for Natural Health, 5 Apr 2012]], se ha lanzado otra campaña en los Países Bajos. Y en Francia, el IPSN da la alarma lanzando una petición dirigida al Parlamento Europeo para que se vote una nueva resolución sobre la aplicación del Reglamento 1924/2006.

Lo que está en juego con esta petición es enorme. Este problema va mucho más allá de una simple cuestión de complementos alimenticios. Se trata de luchar contra una toma del poder sin precedentes en la Administración europea, es decir, una negación evidente de la democracia acompañada de la complacencia de los diputados europeos.

Además de nuestra libertad terapéutica, es también nuestro derecho más básico en una democracia –el derecho de voto–, que ha sido pisoteado.

Sólo nos queda la esperanza de presentar una petición al Parlamento Europeo para que se reabra el expediente y que esta vez los diputados y los ministros europeos hagan su trabajo.

Una última esperanza …

Es importante saber que existe un nuevo procedimiento para presentar peticiones al Parlamento Europeo que permite la aprobación de textos sobre las cuestiones que nos preocupan. Este procedimiento entró en vigor el mes de abril de 2012 [[- El derecho de iniciativa ciudadana está contemplado en el artículo 11.4 del Tratado de la Unión Europea, en la nueva redacción dada por el Tratado de Lisboa.

– Los procedimientos y requisitos necesarios para la iniciativa ciudadana se establecen en el Reglamento (UE) nº 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana.

«Guía para la Iniciativa Ciudadana Europea«, Comisión Europea, Secretaría General, noviembre 2011

– En El acceso al Derecho de la Unión Europea, de EUR-Lex, Oficina de Publicaciones, se encuentran las versiones consolidadas y actualizadas de la legislación vigente en la Unión Europea]].

Para ello, debemos reunir un millón de firmas procedentes de 7 países europeos diferentes. Tan sólo se trata de las firmas de una pequeña parte de los 492 millones de ciudadanos europeos … pero debemos reunirlas.

A partir de ahora la Comisión Europea no es la única que puede proponer nuevos textos jurídicos. Los ciudadanos europeos también pueden hacerlo. Es uno de nuestros derechos. ¡Hagamos uso de él!

Contacto con el Instituto para la Protección de la Salud Natural

* El Instituto para la Protección de la Salud Natural (IPSN) busca actualmente socios institucionales que apoyen sus iniciativas, respetando el principio de la completa independencia en las acciones. El IPSN tiene por objetivo la defensa del bien común de los pacientes, y no los intereses particulares de un sector comercial.

* Agustin de Livois ha asumido la dirección del Instituto para la Protección de la Salud Natural. El IPSN cuenta además con un Comité Ético integrado por expertos para certificar la fiabilidad de la información publicada, y como garantes de un trabajo serio y riguroso.

* Por correo electrónico:

[email protected] (comunicaciones en francés)

[email protected] (comunicaciones en español)

* Por correo postal:

Instituto para la Protección de la Salud Natural

253A Waversesteenweg

1050 Bruselas – Bélgica

Instituto para la Protección de la Salud Natural

(Institut pour la Protection de la Santé Naturelle)

VideoPara firmar la petición

Asociación de Medicinas Complementarias

(21 de noviembre de 2012)

(Última actualización: 24 de noviembre de 2012)